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21 de noviembre de 2024 6:53 pm
IMSS DEBE ENTREGAR A FAMILIAR EXPEDIENTE MÉDICO DE PACIENTE FALLECIDA

IMSS DEBE ENTREGAR A FAMILIAR EXPEDIENTE MÉDICO DE PACIENTE FALLECIDA

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·        Cualquier persona tiene derecho de obtener los expedientes clínicos de sus familiares fallecidos, para conocer las acciones o tratamientos que recibió y corroborar si fueron adecuados o no: Del Río Venegas

·       A través de la Plataforma Nacional de Transparencia se puede solicitar información a los hospitales públicos, enfatizó la Comisionada del INAI

El Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS) debe entregar a hermana de una persona fallecida copia certificada del resumen clínico y/o expediente médico de la atención proporcionada a la paciente, del 1 de junio de 2016 al 2 de mayo de 2023, instruyó el Instituto Nacional de Transparencia, Acceso a la Información y Protección de Datos Personales (INAI).

Al presentar el asunto ante el Pleno, la Comisionada Norma Julieta del Río Venegas planteó que el acceso a la información contenida en el expediente clínico de una persona fallecida es de suma importancia para los familiares, ya que puede brindar certeza sobre el tratamiento recibido; asimismo, puede ayudar a llevar a cabo diversos trámites.

Consulta el video #INAIalMomento

“Recordemos que cualquier persona tiene derecho de obtener la información relacionada con los expedientes clínicos de los familiares fallecidos, para conocer las acciones o tratamientos que recibió por parte del personal médico y corroborar si fueron las adecuadas o no.  Incluso, a través de la Plataforma Nacional de Transparencia, se puede solicitar a hospitales públicos, así como a instituciones de salud todo lo referente a ello”, enfatizó.

La persona que solicitó el expediente clínico de su hermana fallecida presentó un recurso de revisión ante el INAI, mediante el cual manifestó su inconformidad con la respuesta del IMSS, ya que la institución solo proporcionó un resumen clínico con datos que no corresponden con lo solicitado, como nombre, edad, periodo de los padecimientos, fechas de ingreso y defunción.

En alegatos, el IMSS modificó su respuesta señalando que se encuentra disponible un pronunciamiento respecto de cada punto; además, remitió al INAI la información requerida por la persona solicitante.

Al analizar el caso, la ponencia de la Comisionada Norma Julieta del Río Venegas determinó que la información proporcionada no correspondía con lo solicitado, como lo denota el contenido de los alegatos, en los que el sujeto obligado se pronunció respecto de cada uno de los puntos controvertidos por la parte recurrente.

“El IMSS admitió que existieron errores e inconsistencias al entregar, en un primer momento, la información contenida en los documentos que recibió la recurrente: el resumen clínico, la hoja frontal de medicina interna, clínica general e historial. El sujeto obligado asumió haber entregado datos que no atendían a la totalidad de la solicitud”, concluyó Del Río Venegas.

Por lo anterior, el Pleno del INAI resolvió modificar la respuesta del IMSS y le instruyó entregar a la persona solicitante el resumen clínico y/o expediente médico generado en la atención proporcionada a su hermana fallecida, del periodo comprendido del 1 de junio de 2016 al 2 de mayo de 2023, en copia certificada, de forma gratuita y en la oficina más cercana al domicilio de la persona requirente.

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