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16 de mayo de 2024 3:41 am
TEPJF confirma medidas cautelares del INE para que “corcholatas” no adelanten campañas

TEPJF confirma medidas cautelares del INE para que “corcholatas” no adelanten campañas

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El Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) confirmó este lunes las medidas cautelares aprobadas por el Instituto Nacional Electoral (INE) a los aspirantes de Morena que buscan la candidatura presidencial rumbo al 2024, para que se abstengan de realizar actos anticipados de precampaña y campaña, ya que incurrirían en violaciones a la ley electoral.

Por mayoría, la Sala Superior del Tribunal Electoral confirmó el acuerdo de la Comisión de Quejas y Denuncias del INE, mediante el cual otorgó las medidas cautelares solicitadas por el diputado de Movimiento Ciudadano, Jorge Álvarez Máynez, y por el Partido de la Revolución Democrática (PRD), en contra de la participación de Claudia Sheinbaum Pardo, Marcelo Luis Ebrard Casaubón y Adán Augusto López Hernández, tras la denuncia de que llevan a cabo actos anticipados de campaña en eventos celebrados en distintas entidades federativas.

La denuncia del legislador emecista y del partido del Sol Azteca hacen alusión a los eventos realizados en Baja California Sur, Coahuila, Oaxaca y Sonora, donde las tres “corcholatas” aludieron a los logros del Gobierno Federal y al desempeño en sus propias funciones. Asimismo, se denunció que la y los funcionarios públicos solicitaron el apoyo a favor de sus eventuales precandidaturas utilizando las siguientes frases: “Es Claudia”, “Con Marcelo Sí” y “Ahora es Adán”. Por tanto, a partir de esos hechos, se argumenta la existencia de promoción personalizada, el uso indebido de recursos públicos y actos anticipados de precampaña y campaña.

La Sala Superior del TEPJF determinó el pasado 16 de junio que las medidas cautelares se debían de confirmar, dadas las conductas denunciadas y que sí pueden se sujetas a análisis para analizar de forma preliminar con el fin de determinar si existe algún riesgo de daño a los principios constitucionales que rigen el proceso electoral, con independencia de que no haya iniciado éste.

Además, el pleno sostuvo que el INE sí puede valorar las circunstancias que consten en otras quejas, de manera preliminar, con el fin de construir un contexto y lograr un estudio integral de las quejas que se le presenten.

Finalmente, en cuanto a la medida de vincular únicamente a Morena, la Sala Superior consideró que fue correcta, pues la intención es evitar que los posibles aspirantes se promocionen con el objetivo de obtener la candidatura de ese partido, para el proceso electoral federal del próximo año. Por tanto, eso se logra a través de la imposición de límites al partido político que, en su caso, postularía a las candidaturas.

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