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28 de abril de 2024 10:39 pm
PROPONE PARTIDO VERDE QUE NO SEA REQUISITO PARA SOLICITAR INFORMACIÓN AMBIENTAL, EXPONER MOTIVO DE LA PETICIÓN

PROPONE PARTIDO VERDE QUE NO SEA REQUISITO PARA SOLICITAR INFORMACIÓN AMBIENTAL, EXPONER MOTIVO DE LA PETICIÓN

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*Plantea reforma constitucional para dejar en claro que basta el simple interés del solicitante para acceder a ese derecho

A fin de garantizar el acceso a la información ambiental a todo aquel que lo requiera sin más requisito que el propio interés de los solicitantes y sin que sea obligatorio exponer los motivos de la petición, el Grupo Parlamentario del Partido Verde en la Cámara de Diputados, a nombre de la diputada Sonia Mendoza Díaz, propuso reformar la Ley General del Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente

En su propuesta, Mendoza Díaz señala que debe modificarse el artículo 159 Bis 3 de dicha ley porque actualmente establece que “toda petición de información ambiental deberá presentarse por escrito, especificando claramente la información que se solicita y los motivos de la petición. Los solicitantes deberán identificarse indicando su nombre o razón social y domicilio”.

Esta exigencia de motivación para el acceso a la información con carácter público, explica la legisladora, es a todas luces inconstitucional y además quebranta disposiciones contenidas en instrumentos internacionales en materia de derechos humanos, por lo que debe ser eliminada de la legislación vigente

Asimismo, señala que ello contraviene de manera flagrante lo dispuesto en el Artículo 6o. de la Constitución que establece que el derecho a la información será garantizado por el Estado y que “toda persona tiene derecho al libre acceso a información plural y oportuna, así como a buscar, recibir y difundir información e ideas de toda índole por cualquier medio de expresión”.

También se establece que toda persona, sin necesidad de acreditar interés alguno o justificar su utilización, tendrá acceso gratuito a la información pública, a sus datos personales o a la rectificación de éstos.

De acuerdo con la iniciativa, se considera información ambiental, cualquier información escrita, visual o en forma de base de datos, de que dispongan las autoridades ambientales en materia de agua, aire, suelo, flora, fauna y recursos naturales en general, así como sobre las actividades o medidas que les afectan o puedan afectarlos.

Por lo anterior, la legisladora ecologista propone eliminar del Artículo 159 Bis 3 que para la solicitud de información el interesado tenga que justificar los motivos de la petición por lo que dicho párrafo diría: “toda petición de información ambiental deberá presentarse por escrito, especificando claramente la información que se solicita. Los solicitantes deberán identificarse indicando su nombre o razón social y domicilio”.

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