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22 de noviembre de 2024 11:18 pm
Entra en vigor permanencia de las Fuerzas Armadas en las calles hasta 2028

Entra en vigor permanencia de las Fuerzas Armadas en las calles hasta 2028

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A partir de este sábado 18 de noviembre entra en vigor el dictamen que deja a las Fuerzas Armadas en las calles hasta el 2028, luego de que este viernes el Diario Oficial de la Federación (DOF) publicó la reforma que amplía la permanencia del Ejército, Guardia Nacional y Marina en actividades de seguridad pública.

En el decreto que se publicó este viernes se lee que las labores de las Fuerzas Armadas serán fiscalizadas y su funcionamiento será supervisado por otras instancias a través de la rendición de cuentas, además de que serán acciones subordinadas, por lo que solo podrán hacer acciones en auxilio a otras instituciones.

El DOF refiere en el documento que las Fuerzas Armadas en las calles realizará las tareas de seguridad pública con su organización y medios, y deberán ser capacitados en la doctrina policial civil que dicta el artículo 21 de esta Constitución.

Además, las acciones que lleve a cabo el Ejército y Marina en ningún caso tendrán por objeto sustituir a las autoridades civiles de otros órdenes de gobierno en el cumplimiento de sus competencias o eximir a dichas autoridades de sus responsabilidades.

Sobre el desempeño de las Fuerzas Armadas en labores de seguridad pública, el Ejecutivo Federal deberá presentar al Congreso de la Unión un informe semestral para evaluar los resultados en materia de seguridad pública, y corroborar el respeto a los derechos humanos y a los de los pueblos y comunidades indígenas y afromexicanas.

Para analizar estos últimos, se establecerá, en un plazo no mayor a 60 días, una comisión bicameral que se reunirá cada que la convoque su directiva. Para la emisión del dictamen semestral, la comisión convocará, si así lo requiere, a los titulares de las secretarías de Gobernación, de Seguridad y Protección Ciudadana, de Defensa Nacional y de Marina.

El dictamen evaluará el cumplimiento del decreto y deberá señalar aquellas entidades federativas donde deje de ser requerida la presencia permanente del ejército en esas labores.

La Cámara de Senadores evaluará su participación a fin de garantizar que concluya su participación en labores de seguridad pública, y la Guardia Nacional y las demás instituciones de seguridad pública las asuman en la fecha establecida.

Los titulares del Poder Ejecutivo de los gobiernos estatales remitirán anualmente una evaluación integral, en una perspectiva de seis años. Los resultados de esas evaluaciones serán la base para los ajustes del referido programa y su calendario de ejecución, por los órganos correspondientes.

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