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18 de abril de 2024 6:17 pm
Declara Corte inconstitucional penalizar posesión de más de 5 gramos de marihuana

Declara Corte inconstitucional penalizar posesión de más de 5 gramos de marihuana

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La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) declaró inconstitucional penalizar la posesión de más de cinco gramos de mariguana, con la excepción de que se pueda demostrar que no es para consumo personal.

Fue durante la sesión ordinaria de la Primera Sala del máximo tribunal cuando tres de cinco ministros se pronunciaron por la invalidez de una porción del artículo 478 de la Ley General de Salud.

En dicho artículo, se permite la posesión de menos de cinco gramos para consumo personal, sin embargo, castiga con una pena de 10 meses a tres años de prisión a quien exceda ese límite.

Los ministros Alfredo Gutiérrez Ortiz Mena, Margarita Ríos Farjat y Juan Luis González Alcántara consideraron contrario a la Constitución, castigar penalmente a quien posea más de 5 gramos para consumo recreativo de cannabis y establecieron que sólo se podrá penalizar si se acredita que no es para consumo personal.

Los ministros determinaron que serán los fiscales y jueces quienes declaren si la marihuana es para consumo personal, sin importar la cantidad.

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