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28 de marzo de 2024 4:43 pm
La SCJN declara inconstitucional prohibir los cigarros electrónicos

La SCJN declara inconstitucional prohibir los cigarros electrónicos

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La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) determinó este martes que es inconstitucional la comercialización de cigarros electrónicos, así como comerciar, vender, distribuir, exhibir, promocionar o producir cualquier objeto que no sea un producto del tabaco.

La SCJN determinó que es inconstitucional el artículo 16 de la Ley General para el Control del Tabaco, que prohíbe comerciar, vender, distribuir, exhibir, promocionar o producir cualquier objeto que no sea un producto del tabaco, pero que contenga algún elemento que lo identifique con productos del tabaco.

La máxima corte del país establece una prohibición absoluta y categórica que vulnera la libertad de comercio, por lo que no se pronunció a favor de permitir la comercialización de cigarros electrónicos, pues la cuestión planteada fue únicamente si la prohibición absoluta es constitucional.

Desde el 2008 la comercialización de los cigarros electrónicos está prohibido en México por la Ley General para el Control del Tabaco y desde febrero de 2020 se prohibió su importación.

El texto definitivo será aprobado en una sesión privada del Pleno de la SCJN y en su momento será publicado en el Semanario Judicial de la Federación.

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