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10 de mayo de 2024 12:06 pm
ISSSTE DEBE INFORMAR SOBRE PROCEDIMIENTO PARA ELEGIR MODALIDAD DE PENSIÓN: INAI

ISSSTE DEBE INFORMAR SOBRE PROCEDIMIENTO PARA ELEGIR MODALIDAD DE PENSIÓN: INAI

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·       Aquí se muestra cómo el derecho de acceso a la información afianza el ejercicio de otros derechos, en este caso, el del acceso a la justicia social: Norma Julieta del Río Venegas

·       A partir de la labor del INAI, miles de personas han podido obtener sus historiales laborales o conocer el número de semanas cotizadas, apuntó la Comisionada del Instituto

El Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado (ISSSTE) debe dar a conocer información actualizada sobre el procedimiento para elegir como modalidad de pensión el régimen de Cuentas Individuales o el Décimo Transitorio, resolvió el Instituto Nacional de Transparencia, Acceso a la Información y Protección de Datos Personales (INAI).

Al presentar el proyecto de resolución ante el Pleno, la Comisionada Norma Julieta del Río Venegas expuso que este caso muestra con claridad cómo el derecho de acceso a la información afianza el ejercicio de otros derechos, en este asunto, el del acceso a la justicia social.

“Este caso refleja la utilidad social del derecho a saber y del Instituto que tutela dicho derecho a nivel nacional, el INAI. A partir de nuestra labor, miles de personas han podido obtener sus historiales laborales o conocer el número de semanas cotizadas que se les niega constantemente, ya sea en el IMSS o el ISSSTE, y que es un requisito esencial para iniciar el proceso de retiro”, apuntó. 

Consulta el video #INAIalMomento

Del Río Venegas señaló que el INAI, a través del Centro de Atención a la Sociedad (CAS), apoya a las personas para ingresar solicitudes de información sobre estos temas o presentar sus quejas cuando no reciben la documentación.

“El CAS, tan solo en 2022, dio asesoría a 2 mil 85 personas justo sobre cuestiones referentes al ISSSTE, 29 de ellas sobre pensiones, y en lo que va de este año, 24 personas se han acercado para pedir apoyo sobre el mismo asunto”.

En respuesta a la persona que solicitó la información, el ISSSTE informó que no existe ningún tipo de procedimiento legal para llevar a cabo la elección entre el Régimen de Cuentas Individuales y el Décimo Transitorio.

Al respecto, precisó que, en la actualidad, cuando un trabajador proviene de un reingreso posterior al 31 de marzo de 2007 – fecha a partir de la cual entró en vigor la reforma a la Ley del ISSSTE – no tiene derecho de opción y automáticamente le corresponde el Régimen de Cuentas Individuales.

Inconforme por considerar que la respuesta de la institución es incompleta y ambigua, la persona solicitante presentó un recurso de revisión ante el INAI. Expuso que, en noviembre de 2022, la Cámara de Diputados aprobó que los trabajadores puedan elegir entre ambos regímenes; sin embargo, el ISSSTE no se manifestó al respecto.

Agregó que tampoco se pronunció sobre los casos de aquellas personas pertenecientes al Régimen Décimo Transitorio, que dejaron de trabajar antes de 2007 y, años después, cuando volvieron a laborar fueron registradas automáticamente bajo el Régimen de Cuentas Individuales, sin darles información ni oportunidad de decidir.

En alegatos, el ISSSTE indicó que no tiene conocimiento de la aprobación legal para que los trabajadores puedan elegir entre los dos regímenes referidos.

Asimismo, informó que, de acuerdo con los archivos de la Subdirección de Afiliación y Vigencia de Derechos, solo tuvieron opción de elegir aquellos trabajadores vigentes al 31 de marzo de 2007; posterior a esa fecha, quienes reingresan, automáticamente son incorporados al Régimen de Cuentas Individuales.

En el análisis del caso, a cargo de la ponencia de la Comisionada Del Río Venegas, se advirtió que el ISSSTE no turnó la solicitud a todas sus unidades administrativas competentes como el Departamento de Afiliación y el Departamento de Vigencia de Derechos, las cuales pueden conocer la información solicitada. 

Por otro lado, se comprobó que, a diferencia de lo informado por la institución, la Ley del ISSSTE prevé varios escenarios sobre la modalidad de pensión, en particular, señala que los trabajadores tienen derecho a optar por el régimen que se establece en el artículo Décimo Transitorio o por la acreditación de bonos de pensión en sus Cuentas Individuales.

Por lo expuesto, el Pleno del INAI determinó revocar la respuesta del ISSSTE, a efecto de que turne la solicitud a todas sus unidades administrativas competentes, sin omitir a la Subdirección de Afiliación y Vigencia de Derechos, el Departamento de Afiliación y el Departamento de Vigencia de Derechos, a fin de proporcionar a la persona solicitante la información de su interés.

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