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24 de noviembre de 2024 1:33 am
Inicia INE registro de promoventes para la Revocación de Mandato

Inicia INE registro de promoventes para la Revocación de Mandato

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El Instituto Nacional Electoral (INE) inició hoy, 1° de octubre, el registro de las personas o grupos que deseen constituirse como promoventes de la recopilación de firmas de apoyo de la ciudadanía para solicitar la Revocación de Mandato del Presidente de la República electo para el periodo constitucional 2018-2024.

El registro o aviso de intención deberá dirigirse al Consejo General del Instituto Nacional Electoral y entregarse a más tardar el 15 de octubre en las oficinas de la Dirección Ejecutiva de Prerrogativas y Partidos Políticos, en la Calle de Moneda, número 64, Colonia Tlalpan Centro o, en su caso, en las juntas locales o distritales del Instituto.

El formato puede ser consultado en la siguiente liga:  https://centralelectoral.ine.mx/wp-content/uploads/2021/10/Anexo-1-modificado-300921.docx

Junto con el aviso de intención en original con firma autógrafa de la persona promovente o representante legal, se deberá proporcionar: una cuenta de correo electrónico, así como el tipo de cuenta de usuario para autenticarse a través de Google, Facebook o Twitter, fundamental para el acceso a la Aplicación Móvil (APP) para recabar las firmas de apoyo de la ciudadanía, copia simple del anverso y reverso de la credencial para votar y carta firmada de la persona promovente o su representante legal en la que acepta notificaciones vía correo electrónico, sobre todo lo relacionado con el procedimiento de petición.

En caso de asociaciones civiles: Copia certificada del Acta Constitutiva de la Asociación Civil que respalda a la persona promovente (Es necesario que la Asociación tenga un objeto social relacionado con la promoción de la participación ciudadana en asuntos de interés público, de la vida democrática y la cultura político-electoral).

En caso de organizaciones ciudadanas: original o copia certificada del acta o minuta de la asamblea que acredite la personalidad de quien o quienes suscriben el aviso de intención de constituirse como promoventes de la Revocación de Mandato. 

Una vez aceptada la solicitud, lo cual se comunicará a más tardar el 29 de octubre, se iniciará la recolección de las firmas a partir del 1° de noviembre para concluir el 15 de diciembre.

La recolección de firmas de apoyo de la ciudadanía se realizará mediante el uso de la Aplicación Móvil (APP) desarrollada por el INE y de la cual proporcionará la capacitación necesaria, además de que dispondrá de un micrositio diseñado para ello. 

Los lineamientos establecen un régimen de excepción para que la recolección de apoyos pueda hacerse en formatos de papel y no a través de la Aplicación exclusivamente en los 204 municipios de muy alta marginación del país, donde las condiciones de conectividad o acceso a la tecnología necesaria para recabar los apoyos electrónicamente es limitada (https://repositoriodocumental.ine.mx/xmlui/bitstream/handle/123456789/124697/CGor202108-27-ap-1-a2.pdf?sequence=5&isAllowed=y). 

Los promoventes podrán ser ciudadana o ciudadano mexicano o bien, un grupo de ciudadanos constituidos en una organización o en una asociación civil.

Partidos y gobierno no podrán intervenir en el proceso de petición, este es un derecho ciudadano

Cabe señalar que de acuerdo a los Lineamientos del INE para la organización de la Revocación de Mandato, queda prohibida la intervención, en cualquiera de las etapas que conforman el procedimiento de petición y de captación de firmas de apoyo de la ciudadanía, de partidos políticos nacionales o locales; los poderes Ejecutivo, Legislativo y Judicial, tanto de la Federación como de las entidades federativas y de los ayuntamientos;  las dependencias, entidades u organismos de la Administración Pública Federal, estatal o municipal y los órganos del gobierno de la Ciudad de México; en el caso de organizaciones, no podrán participar personas extranjeras, así como organismos internacionales, entre otros.

La petición de Revocación de Mandato deberá contar con un número equivalente al tres por ciento de las personas inscritas en la Lista Nominal de Electores, con corte al 15 de octubre de 2021, distribuidas en al menos 17 entidades federativas y que representen, como mínimo, el tres por ciento de la Lista Nominal de Electores de cada una de ellas.

En caso de que se alcance el porcentaje requerido de la ciudadanía inscrita en la Lista Nominal de Electores, se considerará procedente la solicitud, por lo que el INE emitirá la convocatoria el 12 de enero de 2022.

La fecha de la jornada de Revocación de Mandato, en caso de ser solicitada por la ciudadanía, será el domingo 27 de marzo de 2022.

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