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24 de noviembre de 2024 9:23 am
Monreal se la juega con el tironeo por la Ley Reglamentaria de Revocación de Mandato

Monreal se la juega con el tironeo por la Ley Reglamentaria de Revocación de Mandato

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* Este jueves 19 hay Sesión Plenaria Presencial de la Comisión Permanente.

Abraham Mohamed Z.

Ante el desgarriate que se soltó anoche temprano en el Senado por el rechazo a la Iniciativa Monreal ya dictaminada por las Comisiones de Gobernación, Puntos Constitucionales y de Justicia de la Comisión Permanente para celebrar un Tercer Periodo Extraordinario de Sesiones del Congreso con el propósito de aprobar la Ley Reglamentaria de Revocación de Mandato, la de Juicio Político y la Orgánica de la Armada de México, de conformidad con el acuerdo tomado, anoche mismo los legisladores que integran ambas Comisiones se reunieron y determinaron, en votación económica, que el dictamen de revocación de mandato está suficientemente discutido por 10 votos a favor, 4 en contra y cero abstenciones, por lo que queda validado en el procedimiento legislativo.
En consecuencia, la Mesa Directiva de la Comisión Permanente que preside Eduardo Ramírez, ya convoca a una Sesión Plenaria presencial para este mismo Jueves 19 a las 12 horas.
Con esto, no es aventurado adelantar que se podría aprobar el Tercer Período Extraordinario del Congreso para el viernes 20 que, por cierto, así lo tenía planteado el senador Monreal, lo cual –si se hace- aflojaría la tensión a la que ha estado sometido estos últimos días, ya que para él significa muchísimo lograr la aprobación de los temas a tratar que, como se sabe, son –principalmente- Ley Reglamentaria de Revocación de Mandato, pero también las reformas a la Ley de Juicio Político y a la Orgánica de la Armada de México.
Así que……
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Aquí te anexo los oficios correspondientes que se generaron para llegar a este rollo legislativo que ya leíste:
PRIMERA COMISIÓN DE TRABAJO DE GOBERNACIÓN,
PUNTOS CONSTITUCIONALES Y DE JUSTICIA DE LA COMISIÓN
PERMANENTE
Ciudad de México a 18 de agosto de 2021
Senador Oscar Eduardo Ramírez Aguilar
Presidente de la Mesa Directiva de la Comisión Permanente.
Presente.
Por instrucción de la Senadora Ana Lilia Rivera Rivera, Presidenta de la Primera Comisión de Trabajo de Gobernación, Puntos Constitucionales y de Justicia de la Comisión Permanente, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 49 de la Ley Orgánica, y el Acuerdo Parlamentario para la implementación de sesiones a distancia con carácter excepcional durante la emergencia de salud pública por razones de fuerza mayor originada por el VirusSARS-COV-2 {COVID-19), le informo que se llevará a cabo Reunión Extraordinaria en la modalidad a distancia de la Primera Comisión de Trabajo de Gobernación, Puntos Constitucionales y de Justicia de la Comisión Permanente, programada para el día 18 de agosto del año en curso, a las 19:00 horas a través de la plataforma digital “Cisco Webex Meeting”.
En razón de lo anterior, respetuosamente le solicitó sea publicada en la Gaceta
Parlamentaria y en el sitio de internet de la Comisión Permanente la convocatoria en comento, así como el orden del día correspondiente.
Sin otro particular, reitero mi agradecimiento y envío saludos cordiales.
Atentamente
Michael Negrete Cárdenas
Secretario Técnico.
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DICTAMEN DE LA PRIMERA COMISIÓN DE GOBERNACIÓN,
PUNTOS CONSTITUCIONALES Y JUSTICIA DE LA COMISIÓN
PERMANENTE DEL H. CONGRESO DE LA UNIÓN, A LA INICIATIVA
CON INICIATIVA CON PROYECTO DE DECRETO POR EL QUE LA
COMISIÓN PERMANENTE DEL H. CONGRESO DE LA UNIÓN
CONVOCA A LAS CÁMARAS DEL CONGRESO DE LA UNIÓN A
CELEBRAR UN TERCER PERIODO EXTRAORDINARIO DE
SESIONES, DURANTE EL SEGUNDO RECESO DEL TERCER AÑO DE
EJERCICIO DE LA SEXAGÉSIMA CUARTA LEGISLATURA
Página 1 de 16
HONORABLE ASAMBLEA:
A la Primera Comisión de Trabajo de la Comisión Permanente, correspondiente al
Segundo Receso del Tercer Año de Ejercicio de la LXIV Legislatura del H. Congreso de la Unión, le fueron turnados para su estudio y elaboración del dictamen correspondiente, dos iniciativas con Proyecto de Decreto por el que la Comisión Permanente convoca a las Cámaras del Congreso de la Unión a un Tercer Periodo Extraordinario de Sesiones durante el Segundo Receso del Tercer Año de Ejercicio de la Sexagésima Cuarta Legislatura.
Con fundamento en lo dispuesto por los artículos 78, fracción IV de la Constitución
Política de los Estados Unidos Mexicanos; 116, 127 y demás relativos de la Ley
Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, así como los artículos 176 y demás relativos del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, esta Comisión dictaminadora somete a la consideración de los integrantes de esta Honorable Asamblea, el presente dictamen al tenor de la siguiente:
METODOLOGÍA
I. En el capítulo “ANTECEDENTES” se da constancia del trámite de inicio del proceso legislativo y de la recepción del turno para la elaboración del dictamen de la Iniciativa de Decreto planteada y de los trabajos previos de la Comisión dictaminadora.
II. En el capítulo “CONTENIDO DE LAS INICIATIVAS”, se sintetiza el alcance de la
Iniciativa propuesta.
III. En el capítulo “CONSIDERACIONES” se expresan los argumentos de valoración de la proposición y de los motivos que sustentan la resolución de esta Comisión dictaminadora.
IV. En el capítulo “PROYECTO DE DECRETO Y RÉGIMEN TRANSITORIO” la
Comisión plantea el Proyecto de Decreto que se propone votar a esta Honorable
Asamblea.
ANTECEDENTES
A. El 18 de agosto de 2021, la Presidencia de esta Primera Comisión recibió por parte de la Mesa Directiva de la Comisión Permanente, el Oficio No. CP2R3A.- 1826 por el que se turna una Iniciativa con Proyecto de Decreto por el que la Comisión Permanente convoca a las Cámaras del Congreso de la Unión a un Tercer Periodo Extraordinario de Sesiones durante el Segundo Receso del Tercer Año de Ejercicio de la Sexagésima Cuarta Legislatura, suscrita por la Dip. Laura Imelda Pérez Segura, del Grupo Parlamentario
Morena.
B. El 18 de agosto de 2021, la Presidencia de esta Primera Comisión recibió por parte de la Mesa Directiva de la Comisión Permanente, el Oficio No. CP2R3A.-1897 por el que se turna diversa Iniciativa con Proyecto de Decreto por el que la Comisión Permanente convoca a las Cámaras del Congreso de la Unión a un Tercer Periodo Extraordinario de Sesiones durante el Segundo Receso del Tercer Año de Ejercicio de la Sexagésima Cuarta Legislatura, suscrita por las Diputadas Laura Imelda Pérez Segura y María del Carmen Almeida Navarro, del Grupo Parlamentario Morena.
CONTENIDO DE LAS INICIATIVAS
A. La iniciativa señalada en el primer antecedente de este dictamen plantea, en esencia, lo siguiente:

  1. El 30 de abril de 2021, la Cámara de Diputados declaró formalmente terminados sus trabajos correspondientes al Segundo Periodo Ordinario de Sesiones del Tercer
    Año de Ejercicio de la LXIV Legislatura del Congreso de la Unión.
  2. Desde el 20 de julio de 2021, diversas legisladoras y legisladores han presentado
    iniciativas con Proyecto de Decreto por el que se expide la Ley Federal de Juicio
    Político y Declaración de Procedencia y se abroga la Ley Federal de
    Responsabilidades de los Servidores Públicos; así como iniciativas con Proyecto de
    Decreto por el que se expide la Ley Federal de Revocación de Mandato.
  3. Es necesario para la construcción de la Democracia Participativa el dotará a las y los ciudadanos mexicanos las herramientas necesarias que permitan participar de manera directa en la toma de las decisiones más relevantes de su Estado y de la Gestión Pública.
  4. Es de suma importancia materializar la reciente reforma constitucional sobre declaración de procedencia y fuero; de actualizar el marco legal en el que se desarrollan los procedimientos en dichas materias ante el Congreso de la Unión, resultando necesario expedir una Ley que regule los mismos, con el propósito de determinar los sujetos de responsabilidad política en el servicio público; las causales y sanciones y su procedimiento en el juicio político, entre otras cuestiones.
  5. Asimismo, es menester del H. Congreso de la Unión el darle trámite a todas las iniciativas que tengan como objetivo de elevar los estándares nacionales de impartición, administración de justicia y transitar a la consolidación de una democracia participativa.
    Con base en los hechos expuestos, la promovente proponen convocar a las
    Cámaras del Congreso de la Unión a un Tercer Periodo Extraordinario de Sesiones, en los siguientes términos:
    “DECRETO POR EL QUE LA COMISIÓN PERMANENTE DEL H.
    CONGRESO DE LA UNIÓN CONVOCA A LAS CÁMARAS DEL CONGRESO
    DE LA UNIÓN A CELEBRAR UN TERCER PERIODO EXTRAORDINARIO DE
    SESIONES, DURANTE EL SEGUNDO RECESO DEL TERCER AÑO DE
    EJERCICIO DE LA SEXAGÉSIMA CUARTA LEGISLATURA.
    Artículo Primero. Con fundamento en los artículos 67 y 78, fracción IV de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, la Comisión Permanente del H. Congreso de la Unión, que funciona durante el Segundo Receso del Tercer Años de Ejercicio de la LXIV Legislatura, convoca a las Cámara de Diputados y de Senadores del H. Congreso de la Unión, a celebrar Sesiones Extraordinarias, cuya apertura se realizará el 20 de agosto de 2021, a las 11:00 horas, y concluirá una vez que cada Cámara determine que han sido abordados los asuntos para los que fueron convocadas.
    Artículo Segundo. Durante las Sesiones Extraordinarias, la Cámara de Diputados se ocupará de discutir y aprobar los siguientes asuntos:
    I. El proceso legislativo de la Iniciativa con Proyecto de Decreto por el que expide la Ley Federal de Juicio Político y Declaración de Procedencia y se abroga la Ley Federal de Responsabilidades de los Servidores Públicos.
    II. El proceso legislativo de la Iniciativa con Proyecto de Decreto por el que se expide la Ley Federal de Revocación de Mandato.
    Artículo Tercero. Durante las Sesiones Extraordinarias, el Senado de la República se ocupará de discutir y aprobar los siguientes asuntos:
    I. El Proceso Legislativo de la Iniciativa con Proyecto de Decreto por el que expide la Ley Federal de Juicio Político y Declaración de Procedencia y se abroga la Ley Federal de Responsabilidades de los Servidores Públicos.
    II. El Proceso Legislativo de la Iniciativa con Proyecto de Decreto por el que se expide la Ley Federal de Revocación de mandato.
    Artículo Cuarto. La Presidencias de las Mesas Directivas de cada Cámara
    convocarán a las sesiones que sean necesarias, a fin de tratar los asuntos previstos en los Artículos Tercero y Cuarto del presente Decreto.
    Artículo Quinto. Una vez que toda Cámara considere atendidos los asuntos respectivos referidos en el Presente Decreto, la declaratoria de Clausura podrá realizarse a través de comunicación de la Presidencia de su Mesa Directiva, dirigida a sus integrantes y notificada a la colegisladora, ordenando su publicación en la Gaceta Correspondiente.
    Artículo Sexto. En el desarrollo de sus Sesiones Extraordinarias, cada Cámara deberá acatar las medidas establecidas por las autoridades del sector salud para atender la emergencia sanitaria generada por el SARS-COV2, en particular, la obligación de no realizar reuniones o congregaciones de más de 50 personas para disminuir el riesgo de contagio.
    Artículo Séptimo. De conformidad con el artículo 72, inciso j), último párrafo de
    la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, publíquese el presente Decreto en el Diario Oficial de la Federación.
    TRANSITORIO
    ÚNICO. El presente decreto entrará en vigor el día de su aprobación por el Pleno de la Comisión Permanente del H. Congreso de la Unión.”
    B. La iniciativa señalada en el segundo antecedente de este dictamen se plantea en términos casi idénticos a la señalada en el primer antecedente, con la salvedad de que, en su motivación agrega lo siguiente:
    “Es de resaltarse que obra en poder del Senado de la República una Iniciativa que tiene como finalidad expedir una ley especializada para regular exhaustivamente la Armada de México, ente de suma importancia para preservar la seguridad nacional. Por lo que dicho proyecto de expedición de normatividad igualmente se me ha empapado de un carácter urgente en cuanto a su estudio y, en su caso, aprobación.”
    Con base en lo anterior, las promoventes proponen convocar a las Cámaras del
    Congreso de la Unión a un Tercer Periodo Extraordinario de Sesiones, en los siguientes términos:
    “DECRETO POR EL QUE LA COMISIÓN PERMANENTE DEL H.
    CONGRESO DE LA UNIÓN CONVOCA A LAS CÁMARAS DEL CONGRESO
    DE LA UNIÓN A CELEBRAR UN TERCER PERIODO EXTRAORDINARIO DE
    SESIONES, DURANTE EL SEGUNDO RECESO DEL TERCER AÑO DE
    EJERCICIO DE LA SEXAGÉSIMA CUARTA LEGISLATURA.
    Artículo Primero. Con fundamento en los artículos 67 y 78, fracción IV de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, la Comisión Permanente del H. Congreso de la Unión, que funciona durante el Segundo Receso del Tercer Años de Ejercicio de la LXIV Legislatura, convoca a las Cámara de Diputados y de Senadores del H. Congreso de la Unión, a celebrar Sesiones Extraordinarias, cuya apertura se realizará el 20 de agosto de 2021, a las 11:00 horas, y concluirá una vez que cada Cámara determine que han sido abordados los asuntos para los que fueron convocadas.
    Artículo Segundo. Durante las Sesiones Extraordinarias, la Cámara de Diputados se ocupará de discutir y aprobar los siguientes asuntos:
    I. El proceso legislativo de la Iniciativa con Proyecto de Decreto por el que expide la Ley Federal de Juicio Político y Declaración de Procedencia y se abroga la Ley Federal de Responsabilidades de los Servidores Públicos.
    II. El proceso legislativo de la Iniciativa con Proyecto de Decreto por el que se expide la Ley Federal de Revocación de Mandato.
    III. El proceso legislativos de la iniciativa con Proyecto de Decreto por el que se expide la Ley Orgánica de la Armada de México.
    Artículo Tercero. Durante las Sesiones Extraordinarias, el Senado de la República se ocupará de discutir y aprobar los siguientes asuntos:
    I. El Proceso Legislativo de la Iniciativa con Proyecto de Decreto por el que
    expide la Ley Federal de Juicio Político y Declaración de Procedencia y se abroga la Ley Federal de Responsabilidades de los Servidores Públicos.
    II. El Proceso Legislativo de la Iniciativa con Proyecto de Decreto por el que se expide la Ley Federal de Revocación de mandato.
    III. El proceso legislativos de la iniciativa con Proyecto de Decreto por el que se expide la Ley Orgánica de la Armada de México.
    Artículo Cuarto. La Presidencias de las Mesas Directivas de cada Cámara convocarán a las sesiones que sean necesarias, a fin de tratar los asuntos previstos en los Artículos Tercero y Cuarto del presente Decreto.
    Artículo Quinto. Una vez que toda Cámara considere atendidos los asuntos respectivos referidos en el Presente Decreto, la declaratoria de Clausura podrá realizarse a través de comunicación de la Presidencia de su Mesa Directiva, dirigida a sus integrantes y notificada a la colegisladora, ordenando su publicación en la Gaceta Correspondiente.
    Artículo Sexto. En el desarrollo de sus Sesiones Extraordinarias, cada Cámara deberá acatar las medidas establecidas por las autoridades del sector salud para atender la emergencia sanitaria generada por el SARS-COV2, en particular, la obligación de no realizar reuniones o congregaciones de más de 50 personas para disminuir el riesgo de contagio.
    Artículo Séptimo. De conformidad con el artículo 72, inciso j), último párrafo de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, publíquese el presente Decreto en el Diario Oficial de la Federación.
    TRANSITORIO
    ÚNICO. El presente decreto entrará en vigor el día de su aprobación por el
    Pleno de la Comisión Permanente del H. Congreso de la Unión.”
    CONSIDERACIONES
    PRIMERA.- Sobre la competencia
    Esta Primera Comisión de Gobernación, Puntos Constitucionales y Justicia de la
    Comisión Permanente de la LXIV Legislatura del H. Congreso de la Unión es competente para resolver sobre la Iniciativa de Decreto objeto del presente
    Dictamen, de conformidad con lo establecido en los artículos 67 y 78, fracción IV de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 116, 127 y demás relativos de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, así como los artículos 176 y demás relativos del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos.
    Esta Comisión dictaminadora hace la precisión de que su competencia para resolver sobre la iniciativa turnada se limitará a determinar si se procede positiva o negativamente ante su contenido, única y exclusivamente con base en la valoración de los motivos planteados por quienes la promueven, sin pronunciarse en ningún caso sobre el fondo de cualquiera de los asuntos propuestos para ser atendidos en un Periodo Extraordinario de Sesiones.
    SEGUNDA.- Delimitación de la materia común de las Iniciativas.
    Ambas Iniciativas son coincidentes en proponer como asuntos a tratar en Sesiones
    Extraordinarias de las Cámaras los siguientes asuntos:
    • El proceso legislativo de la iniciativa con proyecto de Decreto por el que se
    expide la Ley reglamentaria a que se refiere el Apartado 8o. de la fracción IX del artículo 35 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, en materia de revocación de mandato.
    • El proceso legislativo de la Iniciativa con Proyecto de Decreto por el que se
    expide la Ley Federal de Juicio Político y Declaración de Procedencia y se abroga la Ley Federal de Responsabilidades de los Servicios Públicos.
    Adicionalmente, la Iniciativa señalada en el segundo antecedente de este dictamen
    propone el siguiente asunto:
    • El proceso legislativo de la Iniciativa con Proyecto de Decreto por el que se expide la Ley Orgánica de la Armada de México.
    Las y los integrantes de esta Primera Comisión, coincidimos con las proponentes en cuanto a la importancia de que las Cámara del H. Congreso de la Unión se avoque a la atención de los tres asuntos planteados.
    TERCERA. Respecto al asunto relativo al proceso legislativo de la ley reglamentaria de la fracción IX del artículo 35 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.
    Quienes dictaminamos tenemos conocimiento de que en fecha 16 de agosto de 2021, las Comisiones Unidas de Gobernación y de Estudios Legislativos, Segunda del Senado de la República aprobaron un proyecto de Dictamen a diversas Iniciativas con proyecto por el que se expide la legislación en cuestión, el cual fue remitido a la Mesa Directiva de dicha Cámara en la misma fecha, para los efectos conducentes.
    En dicho tenor, actualmente no existe obstáculo procesal para que el dictamen aprobado en Comisión prosiga su curso procesal legislativo hasta su conclusión.
    CUARTA. Respecto al asunto relativo al proceso legislativo de la iniciativa con Proyecto de Decreto por el que se expide la Ley Federal de Juicio Político y Declaración de Procedencia y se abroga la Ley Federal de Responsabilidades de los Servicios Públicos
    Esta comisión tiene conocimiento de que, en fecha 13 de agosto de 2021, la
    Comisión de Gobernación y Población de la Cámara de Diputados aprobó un proyecto de Dictamen con proyecto de decreto por el que se expide la legislación en cuestión, siendo remitido en esa misma fecha a la Mesa Directiva de la Cámara de Diputados.
    En este sentido, al igual que el caso del asunto que precede, actualmente no existe obstáculo procesal para que el dictamen aprobado en comisión prosiga su curso procesal legislativo hasta su conclusión.
    QUINTA. Respecto al asunto relativo al proceso legislativo de la iniciativa con
    Proyecto de Decreto por el que se expide la Ley Orgánica de la Armada de
    México.
    Esta Comisión tiene conocimiento de que en fecha 11 de agosto de 2021, la
    Comisión de Marina del Senado de la República aprobó un Dictamen con proyecto
    de decreto por el que se expide la legislación en cuestión, quedando pendiente de aprobación por parte de la comisión codictaminadora de Estudios Legislativos,
    Segunda de dicha Cámara. Así, al existir ya un proyecto de Dictamen en un estado procesal avanzado, tampoco existe impedimento para que el mismo concluya su trámite legislativo en el corto plazo.
    Por lo anterior, toda vez que no existe ningún impedimento procesal como razón para que la Comisión Permanente se pronuncie a favor del ejercicio legítimo de facultades que solicitan las Cámaras del Congreso de la Unión, esta Comisión Dictaminadora se pronuncia favorablemente sobre el contenido de los asuntos turnados.
    Finalmente, quienes dictaminamos damos cuenta de que, en fecha 18 de agosto de
    2021, la Presidencia de esta Comisión recibió de la Mesa Directiva de la Comisión
    Permanente, el Oficio No. CP2R3A.- 1896, por el que informa del diverso Oficio
    JPC/ST/LXIV/1072/21, de la Junta de Coordinación Política de la Cámara de
    Senadores, por el que solicita a la Comisión Permanente que se convoque a un
    Periodo Extraordinario de Sesiones durante el Segundo Receso del Tercer Año de
    Ejercicio de la Sexagésima Cuarta Legislatura, con el objeto de atender los mismos asuntos materia de las iniciativas bajo análisis. En este sentido, con el presente Proyecto de Dictamen dicha solicitud queda cabalmente atendida, en lo que respecta a la competencia de esta Primera Comisión.
    PROYECTO DE DECRETO Y RÉGIMEN TRANSITORIO
    Con base en las consideraciones que preceden, las y los integrantes de esta Comisión sometemos a consideración de este honorable pleno, el siguiente proyecto de:
    DECRETO POR EL QUE LA COMISIÓN PERMANENTE DEL H. CONGRESO DE
    LA UNIÓN CONVOCA A LAS CÁMARAS DEL CONGRESO DE LA UNIÓN A
    CELEBRAR UN TERCER PERIODO EXTRAORDINARIO DE SESIONES,
    DURANTE EL SEGUNDO RECESO DEL TERCER AÑO DE EJERCICIO DE LA
    SEXAGÉSIMA CUARTA LEGISLATURA.
    Artículo Primero. Con fundamento en los artículos 67 y 78, fracción IV de la
    Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, la Comisión Permanente del H. Congreso de la Unión, que funciona durante el Segundo Receso del Tercer
    Años de Ejercicio de la LXIV Legislatura, convoca a las Cámara de Diputados y de
    Senadores del H. Congreso de la Unión, a celebrar Sesiones Extraordinarias, cuya apertura se realizará el 20 de agosto de 2021, a las 11:00 horas, y concluirá una vez que cada Cámara determine que han sido abordados los asuntos para los que fueron convocadas.
    Artículo Segundo. Durante las Sesiones Extraordinarias, la Cámara de Diputados se ocupará de discutir y aprobar los siguientes asuntos:
    I. El proceso legislativo de la Iniciativa con Proyecto de Decreto por el que expide la
    Ley Federal de Juicio Político y Declaración de Procedencia y se abroga la Ley Federal de Responsabilidades de los Servidores Públicos.
    II. El proceso legislativo de la Iniciativa con Proyecto de Decreto por el que se expide
    la Ley Federal de Revocación de Mandato.
    III. El proceso legislativo de la iniciativa con Proyecto de Decreto por el que se expide la Ley Orgánica de la Armada de México.
    Artículo Tercero. Durante las Sesiones Extraordinarias, el Senado de la República
    se ocupará de discutir y aprobar los siguientes asuntos:
    I. El Proceso Legislativo de la Iniciativa con Proyecto de Decreto por el que expide la Ley Federal de Juicio Político y Declaración de Procedencia y se abroga la Ley
    Federal de Responsabilidades de los Servidores Públicos.
    II. El Proceso Legislativo de la Iniciativa con Proyecto de Decreto por el que se expide la Ley Federal de Revocación de mandato.
    III. El proceso legislativo de la iniciativa con Proyecto de Decreto por el que se expide la Ley Orgánica de la Armada de México.
    Artículo Cuarto. La Presidencias de las Mesas Directivas de cada Cámara convocarán a las sesiones que sean necesarias, a fin de tratar los asuntos previstos
    en los Artículos Segundo y Tercero del presente Decreto.
    Artículo Quinto. Una vez que toda Cámara considere atendidos los asuntos respectivos referidos en el Presente Decreto, la declaratoria de Clausura podrá realizarse a través de comunicación de la Presidencia de su Mesa Directiva, dirigida a sus integrantes y notificada a la colegisladora, ordenando su publicación en la Gaceta Correspondiente.
    Articulo Sexto. En el desarrollo de sus Sesiones Extraordinarias, cada Cámara deberá acatar las medidas establecidas por las autoridades del sector salud para atender la emergencia sanitaria generada por el SARS-COV2, en particular, la obligación de no realizar reuniones o congregaciones de más de 50 personas para disminuir el riesgo de contagio.
    Artículo Séptimo. De conformidad con el artículo 72, inciso j), último párrafo de la
    Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, publíquese el presente
    Decreto en el Diario Oficial de la Federación.
    TRANSITORIO
    ÚNICO. El presente decreto entrará en vigor el día de su publicación en el Diario
    Oficial de la Federación.
    Salón de sesiones de la Comisión Permanente del Honorable Congreso de la Unión,
    18 de agosto de 2021.

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