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16 de octubre de 2024 1:28 am
FGR DEBE ENTREGAR VERSIÓN PÚBLICA DEL ACUERDO REPARATORIO CON EL EMPRESARIO ALONSO ANCIRA POR CASO AGRONITROGENADOS: INAI

FGR DEBE ENTREGAR VERSIÓN PÚBLICA DEL ACUERDO REPARATORIO CON EL EMPRESARIO ALONSO ANCIRA POR CASO AGRONITROGENADOS: INAI

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El Pleno del Instituto Nacional de Transparencia, Acceso a la Información y Protección de Datos Personales (INAI) instruyó a la Fiscalía General de la República (FGR) entregar la versión pública del acuerdo reparatorio celebrado con el empresario Alonso Ancira Elizondo, por el caso Agronitrogenados.

“Conocer la información de este acuerdo reparatorio contribuye a que toda la sociedad pueda seguir evaluando el desempeño de las autoridades competentes, según sus atribuciones en cada una de las fases de este proceso, denuncia, investigación e impartición de justicia”, sostuvo la Comisionada Norma Julieta Del Río Venegas, al presentar el asunto ante el Pleno.

Un particular solicitó a la Fiscalía General de la República (FGR) información del acuerdo reparatorio suscrito con el imputado en la carpeta de investigación FED/SEIDF/UNAI-CDMX/000289/2019, en la cual la Fiscalía y el ex presidente de Altos Hornos de México, S.A.B. de C.V., “alcanzaron un acuerdo de reparación del daño que equivale a la cantidad de 216 millones 664 mil 004 dólares, por la venta irregular de la planta Agronitrogenados en el año 2014”, indicó.

En respuesta, la Fiscalía informó que la información requerida es clasificada como reservada dado que su publicidad representa un posible riesgo para las estrategias de la correspondiente investigación, la persecución del delito, la seguridad de las víctimas del servicio público y la procuración de justicia, en términos de lo establecido en la fracción XII del artículo 110 de la Ley Federal de la materia.

Inconforme con la respuesta de clasificación de la información, el particular presentó ante el INAI un recurso de revisión.

En alegatos, la FGR dejó sin efectos la reserva invocada en términos del artículo 110, fracción XII de la Ley en la materia, toda vez que el acuerdo reparatorio peticionado fue celebrado únicamente entre las partes, es decir, entre los ofendidos, en este caso, Petróleos Mexicanos y PEMEX Transformación Industrial y el imputado Alonso Ancira Elizondo por su propio derecho y en representación de Altos Hornos de México S.A.B. de C.V. y diversos accionistas ante el Juez competente.

Además, el sujeto obligado señaló que, al obrar la información peticionada en un expediente judicial denominado causa penal, ésta es considerada como reservada toda vez que el hacerla pública afectaría los derechos del debido proceso y vulneraría la conducción del expediente judicial que no ha causado estado, con fundamento en las fracciones X y XI del artículo 110 de la Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información Pública.

En el análisis realizado por la ponencia a cargo de la Comisionada Norma Julieta del Río Venegas, se determinó que “resulta fundado el agravio hecho valer por el particular, puesto que, respecto al acuerdo reparatorio solicitado, no resultaron procedentes las hipótesis de reserva invocadas por la Fiscalía, por lo que procede su entrega en versión pública, testando únicamente los datos que pudieran hacer identificables a personas públicas o morales diversas a las personas imputadas en la carpeta de investigación y causa penal en trámite”.

Con la exposición de este recurso de revisión, me permito recordar y destacar el compromiso máximo que, en el Pleno del INAI, mi seis compañeros y su servidora, tenemos con la máxima publicidad de la información, sobre todo cuando ésta permite conocer presuntos asuntos de corrupción que afectan a la sociedad mexicana. La información relacionada con el acuerdo reparatorio suscrito entre el empresario y la Fiscalía General de la República por el caso Agronitrogenados, es un ejemplo de ello”, acotó.

La Comisionada del INAI concluyó que “son casos emblemáticos que han sido de conocimiento de todo el país y que la sociedad necesita seguir estando informada de los procesos que están ocurriendo, no solo con este caso, sino con el caso Odebrecht, con todos los casos que han sido emblemáticos en los últimos meses y que este Instituto, el INAI, en voz de todos y cada uno de mis compañeros que hemos resuelto temas sobre los mismos, se han dado a conocer y ha permitido que la sociedad mexicana conozca lo que está pasando”.

Derivado de lo anterior, el Pleno del INAI revocó la respuesta de la Fiscalía y le instruyó entregar, en versión pública, la información solicitada por el particular, relacionada con la carpeta de investigación FED/SEIDF/UNAI-CDMX/000289/2019.

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