Select your Top Menu from wp menus
25 de abril de 2025 10:02 am
INE inicia mecanismo para evaluar que aspirantes al PJF estén libre de sentencias firmes o que sean prófugos de la justicia

INE inicia mecanismo para evaluar que aspirantes al PJF estén libre de sentencias firmes o que sean prófugos de la justicia

Compartir

Con ocho votos a favor, el Consejo General INE avaló iniciar un mecanismo de recepción de información, que contenga sentencia firme, respecto a la figura “8de8” para retirar la candidatura de quienes aspiran a un cargo como jueces, magistrados y ministros en los supuestos de violencia de género, deudores alimentarios y prófugos de la justicia.

La consejera Carla Humphrey Jordan explicó: Me parece que eso da certeza, que estamos aprobando un proceso, empieza a operar ya desde ahora, empezaremos a detonar distintas acciones, reuniones virtuales con las organizaciones de la sociedad civil para sensibilizarles respecto de este procedimiento, para que la ciudadanía sepa que nos pueda hacer llegar información, nosotros para corroborar con las autoridades competentes esta información que llegue y para determinar lo conducente en ese plazo, que es cuando tenemos que determinar si una persona candidata que ya fue electa en ese momento (15 de junio) cumple en ese momento con los requisitos para ocupar el cargo.

El debate en el INE se centró en las fechas que tiene el INE para recibir información que presuma que alguna de las 3,442 candidaturas federales cuenta con sentencia firme por violencia de género, por ser prófugo de la justicia o deudor alimentario.

La consejera presidenta del INE, Guadalupe Taddei, se manifestó por no alterar el orden y la lista de candidaturas cuyo encargado es el Senado.

“La ciudadanía y las autoridades estamos a favor de estas medidas y de esta revisión que forma parte de nuestra Constitución, al igual que la elección de personas juzgadoras. Bienvenidas todas las denuncias de estos casos. Les daremos curso remitiéndolas ante las autoridades competentes y garantizaremos que se aplique el derecho, pero, en síntesis, solicitar nuevamente y recabar firmas en los formatos anexos al Proyecto de Acuerdo implica desconocer las labores ya realizadas y que las candidaturas acrediten otra vez el cumplimiento de requisitos que fueron previamente verificados por las autoridades legalmente facultadas para ello, atentas al diseño de la reforma constitucional en materia de elección de personas juzgadoras.

!No comparto que, en un proceso electivo inédito, donde se ha pretendido restringir la promoción de la elección, los gastos personales de las candidaturas, entre otros, se arroje una nueva carga a las candidaturas durante el desarrollo ya de las campañas. Finalmente, debo mencionar que los antecedentes de organización de estos comicios, topes de gastos personales, criterios de equidad y designación de titulares de transparencia, he disentido del ejercicio desmedido de facultades reglamentarias de una mayoría de este Consejo General”, dijo la funcionaria».

Related posts