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14 de mayo de 2025 8:45 pm
Van a elección judicial 26 candidaturas impugnadas, determina Tribunal Electoral; revés a Senado y Diputados

Van a elección judicial 26 candidaturas impugnadas, determina Tribunal Electoral; revés a Senado y Diputados

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Por unanimidad de votos, la Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) respaldó el acuerdo del Consejo General del INE por el que se aprobó el procedimiento a seguir para constatar que las personas candidatas -entre ellos 26 aspirantes “cuestionables”- a cargos de jueces, magistrados y ministros en el Proceso Electoral Extraordinario no se encuentren en alguno de los supuestos de suspensión de derechos políticos, requisitos conocidos como 8 de 8.

El proyecto de resolución fue presentado por el magistrado Felipe Fuentes Barrera ante los recursos presentados hace una semana por los morenistas Sergio Gutiérrez Luna, presidente de la Cámara de Diputados, y su par en el Senado, Gerardo Fernández Noroña, aunque éste último retiró su demanda, ésta sí fue analizada.

Ambos legisladores presentaron recursos para que el INE retirara del proceso electoral a 26 candidaturas, 18 relacionadas presuntamente con investigaciones judiciales, incluso con órdenes de aprehensión, aseguraron, y ocho más por no acreditar promedios de 8 en sus licenciaturas como lo demanda la Constitución para aspirar a cargos como juzgadores.

Fuentes Barrera dejó en claro que el acuerdo impugnado no solo es válido en términos legales, sino que es necesario para proteger la integridad del proceso, la legalidad del acceso al cargo y el respeto al sufragio informado.

No se puede asumir que una candidatura es elegible sólo porque fue bien evaluada, si no hay situaciones que pueden conocerse después o que no fueron detectadas en etapas previas y la autoridad electoral no puede cerrar los ojos frente a esta situación, expuso el magistrado.

“Verificar que quien va a juzgar a los demás cumpla con la ley no es un exceso, es una obligación elemental en cualquier Estado democrático. La elegibilidad no es un cheque en blanco. Y el derecho a ser votado no es un derecho absoluto, sino uno sujeto a condiciones que la propia Constitución establece, esas condiciones no se cumplen una sola vez, ni se revisan sólo al principio. Esta obligación se mantiene durante todo el proceso electoral y puede y debe verificarse antes de asignar el cargo (con las constancias de mayoría)”, dijo Felipe Fuentes Barrera.

El resto de magistrados apoyó que el INE tiene la responsabilidad directa no sólo de computar, sino de declarar la validez de la elección y de entregar las constancias de mayoría, y para cumplir esa función con legitimidad y legalidad es indispensable que el INE verifique que quien obtenga la mayoría de votos sea, efectivamente, elegible.

El magistrado reiteró que conforme la reforma al Poder Judicial, los Poderes eligen a un Comité de Evaluación que valora perfiles y requisitos técnicos. El Senado, define a las listas de candidaturas que serán sometidas al voto, pero el INE, al final del proceso, verifica que quienes ganaron la elección sea legalmente elegibles antes de emitir las constancias y declarar la validez del resultado.

Así, quienes resulten vencedoras para ocupar cargos en el Poder Judicial de la Federación no deben vinculadas con sentenciadas de manera firme por la comisión de los ilícitos siguientes: 1) La comisión intencional de delitos contra la vida y la integridad corporal; 2) Contra la libertad y seguridad sexuales; 3) Cuando afecte el normal desarrollo psicosexual; 4) Violencia familiar; 5) Violencia doméstica; 6) Violencia a la intimidad sexual; 7) Violencia política contra las mujeres en razón de género y 8) Ser declarado como persona deudora alimentaria morosa, además no ser prófugo de la justicia.

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