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26 de diciembre de 2024 8:57 am
Tribunal Electoral rechaza queja de Samuel García contra nombramiento de Luis Enrique Orozco

Tribunal Electoral rechaza queja de Samuel García contra nombramiento de Luis Enrique Orozco

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A través de las redes sociales, el Tribunal Electoral del Poder Judicial de la federación (TEPJF) informó que, luego de analizar los escritos presentados por Eduardo Gaona Domínguez e Iraís Virginia Reyes de la Torre quienes fungen como integrantes del Congreso del Estado de Nuevo León y quienes además forman parte de la bancada de Movimiento Ciudadano (MC), se consideraba infundado el incidente de “incumplimiento de sentencia promovido por Samuel Alejandro García Sepúlveda”, por lo que se reconoce a Luis Enrique Orozco como gobernador interino del estado.

“El Congreso del Estado de Nuevo León realizó la designación del Gobernador interino del Estado conforme a lo ordenado por este órgano jurisdiccional”, dicta la misiva.

Con la difusión de un boletín, el Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación anunció que los días 29 y 30 de noviembre, así como el 1 de diciembre del presente año, Movimiento Ciudadano presentó diversas quejas en las cuales se reclamó el ” incumplimiento de lo ordenado por esta Sala Superior” debido a que en el pasado se había ordenado al Congreso local nombrar a un gobernador interino con apego a los artículos 118 y 122 la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Nuevo León.

Sin embargo, la noche de este 2 de diciembre, la magistrada Janine M. Otálora Malassis solicitó la publicación de un proyecto de resolución en la cual se hace énfasis que:

Deben desecharse los escritos presentados por Eduardo Gaona Domínguez e Iraís Virginia Reyes de la Torre quienes acuden con la calidad de diputados integrantes del congreso local, así como el escrito de Movimiento Ciudadano debido a que se actualiza la causal relativa a que las personas promoventes y el partido político no cuentan con interés jurídico o legítimo que les permita reclamar el cumplimiento de la sentencia dictada en el expediente SUP-JDC-536/2023 y acumulados”.

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