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24 de noviembre de 2024 4:55 am
<strong>INE niega medidas cautelares en contra del Ejecutivo Federal, la Jefa de Gobierno de la CDMX, el Secretario de Relaciones Exteriores y diversos funcionarios</strong>

INE niega medidas cautelares en contra del Ejecutivo Federal, la Jefa de Gobierno de la CDMX, el Secretario de Relaciones Exteriores y diversos funcionarios

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  • La Comisión determinó que no se actualiza urgencia, imperiosa necesidad o peligro en la demora debido a que los procesos electorales iniciarán hasta septiembre de 2023

La Comisión de Quejas y Denuncias del Instituto Nacional Electoral (INE) resolvió tres solicitudes de medidas cautelares presentadas por los partidos Acción Nacional (PAN), de la Revolución Democrática (PRD), Revolucionario Institucional (PRI) y diversas senadoras y senadores, por promoción personalizada, uso indebido de recursos, actos anticipados de campaña y precampaña, difusión ilegal de informes de labores, supuesta violación al principio de neutralidad y equidad en la contienda.

Marcha del 27 de noviembre a la que convocó el Ejecutivo Federal son hechos consumados

La Comisión de Quejas y Denuncias declaró improcedente las medidas cautelares solicitadas por PAN, PRD y PRI, así como por diversas personas en contra del Presidente de la República, la Jefa de Gobierno de la Ciudad de México, el Director General del Sistema de Transporte Colectivo Metro, entre otros servidores públicos, derivado de la convocatoria realizada por el Ejecutivo Federal durante la conferencia de prensa matutina del 17 de noviembre de 2022, en la cual invitó a participar a la marcha que se celebró el  27 de noviembre en la Ciudad de México, con motivo de la difusión del Informe Cuatro Años de Transformación, al conisiderar que se trata de actos irreparables.

También negó la solicitud de tutela preventiva para el efecto de exhortar a los servidores públicos y al partido político Morena, a que se abstengan de realizar publicaciones en redes sociales o colocación de propaganda relacionada con la marcha, ya que se trata de hechos futuros de realización incierta, además de que no existe base para estimar que dicho evento o alguno otro con las mismas características se celebrará en lo subsecuente, ni mucho menos se advierte elemento de urgencia o imperiosa necesidad que justifique un pronunciamiento en ese sentido.

Referente al probable uso indebido de recursos públicos, es un tópico respecto del cual la Comisión no puede pronunciarse siendo la Sala Regional Especializada del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación quien resuelva el fondo del asunto.

Difusión de la canción “Ya convéncete” no existe urgencia en la demora

La Comisión de Quejas y Denuncias declaró la improcedencia de las medidas cautelares solicitadas por el PAN en contra de la Jefa de Gobierno de la Ciudad de México, del partido Morena y contra quien resulte responsable, por la presunta realización de actos anticipados de campaña, en razón de la difusión, desde el 1° de diciembre del año en curso, en la red social Facebook y en diversos medios digitales, de una canción intitulada “Ya convéncete” que, a juicio del quejoso, es promoción a la servidora pública por parte de la agrupación musical Grupo Firme.

Se concluyó, que no se actualizan los elementos de urgencia, imperiosa necesidad o peligro en la demora para su dictado, pues la posible afectación, incidencia o daño que alega el denunciante se materializaría o concretaría en procesos electorales futuros cuyo inicio será hasta septiembre de 2023, es decir faltan nueve meses para su eventual comienzo, sin contar el mes que transcurre.

También se declaró la improcedencia de la medida cautelar, en cuanto a la difusión en redes sociales, al considerar que, del análisis preliminar, se advierte que se trata de publicaciones en Facebook ajena a los denunciados y dirigidas a un público determinado como lo son personas que siguen, simpatizan o están interesadas en el contenido de la página identificada como “Es Claudia”, es decir,para la visualización del material denunciado se requiere de un acto de voluntad.

Finalmente, negó las medidas cautelares respecto a los supuestos actos anticipados de precampaña y campaña que en el marco del Proceso Electoral Federal 2023-2024, pues de la misma forma no se advierte la urgencia o peligro en la demora que justifique la medida cautelar respecto de la difusión de dicha creación musical.

En cuanto a la solicitud de tutela preventiva, resultó igualmente improcedente, pues versa sobre hechos futuros de realización incierta, considerando la lejanía al Proceso Electoral Federal 2023-2024.

Publicaciones en Twitter sobre evento en el que participó el Secretario de Relaciones Exteriores se trata de actos consumados

El colegiado negó la solicitud de la medida cautelar en su vertiente de la tutela preventiva formuladas por el PRD en contra de Marcelo Ebrard Casaubon, Secretario de Relaciones Exteriores, por la realización del foro “Que sigue para México Continuidad con Cambio”, el 3 de diciembre, derivado de la supuesta solicitud a representantes distritales del partido Morena para trabajar en favor de su candidatura, con lo que además beneficia a dicho partido político.

Bajo la apariencia del buen derecho, la Comisión concluyó como improcedente la adopción de medidas cautelares en su vertiente de tutela preventiva, porque desde una perspectiva preliminar, no existe base razonable alguna de que, en un futuro inmediato o inminente, se realizará un evento con fines políticos-electorales con la asistencia y participación de los denunciados en el presente asunto.

Así también negó retirar dos publicaciones en Twitter realizadas por la Senadora Martha Lucía Mícher Camarena en favor de Marcelo Ebrard Casaubon, pues a la fecha ya no se encuentran disponibles, por lo que se está frente a actos consumados de manera irreparable, por tanto, no se actualiza algún riesgo inminente a los principios rectores de la materia.

Los tres proyectos fueron aprobados por unanimidad de votos de las Consejeras Adriana Favela, presidenta de la Comisión y Claudia Zavala, así como del Consejero Ciro Murayama.

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